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Alcaldía

El Alcalde es la máxima autoridad de la municipalidad, y en tal calidad le corresponde la dirección, la administración superior, y la supervigilancia del funcionamiento de la organización, en conformidad a lo dispuesto por el Artículo Nº 107 de la "Constitución Política de la República de Chile" y al Título II de la Ley Nº 18.695, "Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades" y sus modificaciones posteriores.

El alcalde tendrá las atribuciones y funciones indicadas en la ley, las cuales se definen a continuación:

  • Representar judicial y extrajudicialmente a la municipalidad.
  • Proponer al Concejo la organización interna de la municipalidad, sometiendo a esta aprobación el reglamento que la regula y sus modificaciones.
  • Nombrar y remover a los funcionarios que tengan la calidad de su exclusiva confianza en conformidad con la ley y, al resto del personal de su dependencia, de acuerdo a las normas estatutarias que lo rijan.
  • Velar por el cumplimiento del principio de la probidad administrativa dentro del municipio y aplicar medidas disciplinarias al personal de su dependencia, en conformidad con las normas estatutarias que lo rijan.
  • Administrar los recursos financieros de la municipalidad, de acuerdo con las normas sobre administración financiera del Estado.
  • Administrar los bienes municipales y nacionales de uso público de la comuna que correspondan en conformidad a esta ley.
  • Adquirir y enajenar bienes muebles.
  • Otorgar, renovar y poner término a permisos municipales.
  • Dictar resoluciones obligatorias de carácter general o particular, las que se denominarán ordenanzas, decretos, reglamentos o instrucciones.
  • Delegar el ejercicio de parte de sus atribuciones exclusivas en funcionarios de su dependencia, salvo las contempladas en las letras c) y d). Igualmente, podrá delegar la facultad para firmar, bajo la fórmula «por orden del alcalde», sobre materias específicas.
  • Coordinar el funcionamiento de la municipalidad con los órganos de la administración del Estado que corresponda.
  • Coordinar con los servicios públicos la acción de éstos en el territorio de la comuna.
  • Ejecutar los actos y celebrar los contratos necesarios para el adecuado cumplimiento de las funciones de la municipalidad y de lo dispuesto en la ley Orgánica Constitucional de Bases de la Administración del Estado.
  • Convocar y presidir el Concejo, comunicando al Secretario Municipal los temas a tratar en las sesiones respectivas, con la antelación que corresponda.
  • Someter a plebiscito las materias de administración local, de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.
  • Autorizar la circulación de los vehículos municipales fuera de los días y horas de trabajo, para el cumplimiento de las funciones inherentes a la municipalidad.
  • Remitir oportunamente a la Contraloría General de la República un ejemplar de la declaración de intereses, exigida por la Ley Orgánica Constitucional de Bases de la Administración del Estado.
  • Presentar, oportunamente y en forma fundada, a la aprobación del Concejo, el plan comunal de desarrollo, el presupuesto municipal, el plan regulador, las políticas de la unidad de servicios de salud y educación y demás incorporados a su gestión, y las políticas y normas generales sobre licitaciones, adquisiciones, concesiones y permisos.
  • Presentar a la aprobación del Concejo, el reglamento de contrataciones y adquisiciones en el cual se establezcan los procedimientos de resguardo necesarios para la debida objetividad, transparencia y oportunidad en las contrataciones y adquisiciones que se efectúen, y sus modificaciones, y;
  • Las demás funciones que las leyes, reglamentos u ordenanzas le asignen al Alcalde.

Alcalde: Carlos Lillo Álamos

Manuel Bulnes #599, Salamanca

Teléfono: +532448640

Email: [email protected]

Unidades a Cargo

Gabinete de Alcaldía

Dirección: Manuel Bulnes #599, Salamanca | Teléfono: +532448639 | Email: [email protected]

Descripción:

Es una unidad que depende directamente del Alcalde y tiene por objetivo programar, coordinar y supervisar el desarrollo de las actividades administrativas, municipales y protocolares de la primera autoridad comunal, propias de la agenda municipal y de la gestión diaria que desarrolla. Igualmente, esta unidad debe velar por la respuesta oportuna a los compromisos municipales con la comunidad en general.

Entre sus funciones se encuentran:

  • Programar, coordinar y supervisar las actividades administrativas y protocolares del alcalde y desarrollar todas aquellas que el mismo le encomiende.
  • Organizar y administrar la agenda de responsabilidades e intervenciones públicas del Alcalde, en relación a tres ámbitos: interno, externo y a nivel nacional.
  • Colaborar en la atención de situaciones que requieren pronunciamiento o decisión directa del Alcalde.
  • Llevar el registro de las invitaciones cursadas al alcalde de Salamanca, priorizando en la agenda municipal para asegurar su participación.
  • Informar y asesorar al Alcalde sobre situaciones y planteamientos públicos/privados, de las autoridades y de los vecinos y vecinas con respecto a inquietudes y problemas de carácter comunal.
  • Seguimiento a las demás unidades o Direcciones municipales, en asuntos pertinentes que sean necesarios para el buen funcionamiento de la Gestión Municipal del Alcalde.
  • Velar por el cumplimiento de la Ley del Lobby N°20.730 en la agenda del Alcalde, con el objeto de fortalecer la transparencia.

Asesoría Jurídica

Encargado: Jazmin Maldonado | Teléfono: +532448630 | Email: [email protected]

Descripción:

Unidad encargada de proporcionar asesoría legal especializada al Alcalde y a la Municipalidad. Vela por el cumplimiento de la normativa legal en todos los actos administrativos municipales.

Secretaría de Alcaldía

Encargado: Maria Hidalgo | Teléfono: +532448640 / +532448641 | Email: [email protected]

Descripción:

Depende directamente del Alcalde, tiene como objetivo coordinar la labor administrativa que se deriva del funcionamiento de la gestión diaria que desarrolla el Alcalde en su vinculación con la comunidad, está a cargo de un(a) encargado(a) de Oficina.

Entre sus funciones se encuentran:

  • Organizar, administrar y coordinar con el Departamento de Comunicaciones la agenda de responsabilidades e intervenciones públicas del Alcalde.
  • Velar por el oportuno despacho de la documentación presentada para la firma del Alcalde.
  • Proporcionar al Alcalde toda la información necesaria respecto a las actividades agendadas, debiendo indicarle los protagonistas y especificación de la audiencia o evento, temas a tratar, lugar en que se realizará, entre otras.
  • Coordinar con el Departamento de Comunicaciones y las unidades municipales, la información que estime pertinente y que den una mayor claridad a los asuntos que sean sometidos a consideración del Alcalde.
  • Atender las audiencias encomendadas por el Alcalde y aquellas que el Alcalde no pueda recibir.
  • Apoyar en la entrega de información al departamento de Comunicaciones, respecto de las acciones a realizar, de manera de fortalecer la comunicación interna de la Municipalidad, con la finalidad de elevar los niveles de eficacia y eficiencia de la gestión Municipal.
  • Cumplir otras funciones que el Alcalde le encomiende, de conformidad a la legislación vigente que no sean de aquellas que la ley asigne a otras unidades.

Departamento de Relaciones Públicas y Comunicaciones

Encargado: Anderson Tapia | Teléfono: +532448635 | Email: [email protected]

Descripción:

Depende directamente del Departamento de Comunicaciones y Relaciones Públicas, su principal objetivo será crear, administrar y mantener la comunicación positiva y participativa entre los diversos Departamentos y unidades del Municipio, difundiendo la relevancia de las relaciones interpersonales laborales positivas e informativas, entre los miembros de cada departamento, para mejorar la productividad y clima organizacional. Así como también, velar por la buena difusión y comunicación con los diversos públicos de interés para la Gestión Municipal.

Comunal de Protección Civil y Emergencia

Ubicación: Manuel Bulnes #599, Salamanca

Descripción:

Tiene como finalidad coordinar un sistema de protección civil y asesorar al alcalde en prevención, mitigación respuesta y rehabilitación frente a emergencias, desastres y catástrofes. En este aspecto, se actúa bajo la organización de un Comité Comunal de Protección Civil y del Comité Comunal de Operaciones de Emergencias, en donde el Alcalde actúa como Presidente cuando se convoca. Igualmente, cabe señalar que, quien ejerza la coordinación de esta Oficina será nombrado por el Alcalde mediante decreto Alcaldicio como Director Comunal de Protección Civil y Emergencia. En caso de no haber funcionario municipal designado en forma expresa para desarrollar tal función, asumirá directamente el Director de Obras Municipales.

Entre sus funciones se encuentran:

  • Articular, coordinar y fortalecer el Sistema Comunal de Protección Civil como plataforma de gestión de riesgos y manejo de emergencias, desastres y catástrofes.
  • Asesorar al Alcalde en materias de planificación, organización, coordinación y control de las actividades de prevención, mitigación, preparación, respuestas y rehabilitación para situaciones de emergencia y desastres.
  • Mantener, operar y controlar un Sistema de Comunicaciones de emergencia, asegurando la comunicación con la Dirección Provincial y/o Regional de Protección Civil, con los organismos integrantes de Sistema de Protección Civil y con Medios de Comunicación Social, procurando su desarrollo y mejoramiento permanente.
  • Establecer el Diagnóstico del territorio impactado en caso de algún siniestro.
  • Coordinar y centralizar el procedimiento de Evaluación de Daños y Necesidades para la toma de decisiones, reporte a Dirección Provincial o Regional de Protección Civil e información pública, de acuerdo a lo establecido en el Plan DEDO.
  • Coordinar los apoyos que sean requeridos respecto de otras instituciones y servicios previo análisis de los requerimientos que permitan el control del incidente.
  • Proveer información procesada de las medidas adoptadas y sus impactos en la recuperación de la normalidad de los sectores afectados a la Dirección Provincial y/o Regional de Protección Civil y los respectivos comités.
  • Proveer información a partir de daños y necesidades detectadas para facilitar las labores de reconstrucción a mediano y largo plazo a través de fondos establecidos para esos fines.
  • Promover y ejecutar acciones de extensión, educación y capacitación permanente en prevención y preparación para la atención de emergencias y desastres entre los integrantes del Sistema Comunal de Protección Civil, incluida la comunidad a través de sus organizaciones sociales.
  • Coordinar el desarrollo de procesos de microzonificación de riesgos y de recursos, y promover la integración de organismos científicos y técnicos junto a representantes de la comunidad organizada.
  • Otorgar prioridad a todas aquellas iniciativas e inversiones sectoriales públicas o privadas de carácter preventivo o mitigador, destinadas a evitar o minimizar daños provocados por incidentes destructivos.
  • Mantener stock de materiales e insumos que pueden ser requeridos en caso de emergencias.
  • Otras funciones que autoridad superior designe o que indique la legislación vigente.